Cómo afecta la nueva normativa a la alarma de mi negocio, ¿qué debo conocer?
A pesar de que hace ya más de un año que entró en vigor, en concreto el 18 de Agosto del 2011, la nueva normativa afecta en gran medida a las empresas como Sabico Seguridad que cuentan entre sus servicios con Central Receptora de Alarmas propia.
La normativa actual obliga a que todo sistema de alarma conectado a CRA cuente con un mínimo de tres elementos de detección de intrusión, que cumplan con las características especificas establecidas en las Normas UNE-EN 50130, 50131, 50132, 50133, 50136 y UNA CLC/TS 50398 , de tal manera que según el tipo de instalación se englobarían en:
GRADO 1: Riesgo bajo. Para sistemas dotados de señalización acústica y que no se vayan a conectar a CRA o Centro de Control(CC).
GRADO 2: Riesgo bajo a medio. Para instalaciones que pretendan conectarse a CRA: domésticas, pequeño comercio e industria en general.
GRADO 3: Riesgo medio/alto. Para los establecimientos con medidas de seguridad obligatorias: entidades de crédito, joyerías, galerías de arte, tiendas de antigüedades, estaciones de servicio, administraciones de loterías, establecimientos de juego, o cualquier instalación que le exija disponer de conexión a CRA o CC.(artículos 11 y 112 del Reglamento de Seguridad Privada).
GRADO 4: Riesgo considerado alto. Fundamentalmente, instalaciones militares o de almacenamiento de material explosivo reglamentado, deposito de efectivo, valores, metales preciosos, materias peligrosas o explosivas, conectadas o no a CRA o CC.
Entrada publicada por Carlos García Marín, Dpto. IT, el 10/01/2013 a las 21:30